jueves, 29 de diciembre de 2016

CÁLCULO DE RENTA DE 5TA CATEGORÍA PARA EL EJERCICIO 2017



Con el Decreto Legislativo N° 1258 publicado en el diario el peruano el día 8 de diciembre del 2016 (Decreto legislativo que modifica la ley de impuesto a la renta) en su artículo 46°, nos indica que para el año 2017 debemos considerar lo siguiente: “las rentas de 4ta categoría y 5ta categoría podrán deducirse anualmente, un monto fijo equivalente a 7UIT. Adicionalmente, se podrán deducir como gastos los importes pagados por concepto de; Arrendamiento, interés de créditos hipotecarios, honorarios profesionales, etc. Por un 30% del valor total del gasto, con un tope de 3UIT”.

En resumen, para el nuevo cálculo de renta de 4ta y 5ta categoría tendríamos una deducción mayor al 2016, siempre y cuando sea sustentada.

Así mismo con el Decreto Supremo N° 353-2016-EF se aprobó la UIT para el 2017 que asciende a (S/ 4,050.00).

Con estos dos datos esenciales ya tenemos lo necesario para hacer el cálculo correcto de 4ta o 5ta categoría para el ejercicio 2017.

En este caso actualice el formato de renta de 5ta categoría que venimos usando poniendo 3 supuestos para el cálculo de dicho impuesto:


  • El primer supuesto, es el trabajador CESAR quien tiene un sueldo mensual de S/. 2,856.14 y está realizando la deducción completa de las 3UIT según DL-1258 y como se aprecia en el Excel no tendra que pagar ningún importe por concepto de renta de 5ta categoría.
  • El segundo supuesto, es el trabajador PAOLO quien tiene el mismo sueldo que CESAR (S/. 2,856.14) pero no tiene ningún sustento de gastos comprendidos en el DL-1258. Por lo cual, se le descontara S/. 81.00 mensuales por concepto de renta de 5ta categoría. 
  • El tercer supuesto, es PEDRO quien al igual que PAOLO no tiene sustento de los gatos comprendidos en el DL-1258. Y se está considerando cuanto debería ganar para que no le descuenten o no tenga que pagar a fin de año por concepto de renta de 5ta categoría. Dicho monto que debería ganar para que no pague por renta de 5ta categoría sería (S/. 1,999.30).

Tener en cuenta que los cálculos considerados son solo con sueldo bruto, gratificación y bonificación por gratificación.
Si el sueldo es variable solo deberán completar los datos para tener el resultado de impuesto considerando comisiones, gratificaciones extraordinarias, escolaridad, participación de utilidades, etc.

Descarga el archivo del siguiente enlace:

ARCHIVO DE RENTA DE 5TA CATEGORIA 2017





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