jueves, 14 de enero de 2016

Renta de 5ta Categoría




¿Qué se Resume como renta de 5ta categoría según SUNAT?





¿Comó saber que ingresos estan afectos?

Para que estés seguro de que ingresos están afecto a la renta de 5ta categoría debes consultar la tabla de afectación que dejare a continuación:

¿Existen ingresos que no estén afectos a renta de 5ta categoría?

 Si, los ingresos que no estan afectos a renta de 5ta categoría son los siguientes:
-Las indemnizaciones previstas por las disposiciones laborales vigentes.
-Las compensaciones por tiempo de servicios (CTS), previstas por las disposiciones laborales vigentes.
-Las rentas vitalicias y las pensiones que tengan su origen en el trabajo personal, tales como jubilación, montepío e invalidez.
-Los subsidios por incapacidad temporal, maternidad y lactancia.

 BASE LEGAL: (Art 18° del TUO de la ley del impuesto a la renta - DS 179-2004-EF)

Determinación del impuesto de 5ta categoría.

 A efectos de determinar la renta de quinta categoría los contribuyentes podrán deducirse anualmente, un monto fijo equivalente a siete (7) Unidades Impositivas Tributarias. Los contribuyentes que obtengan rentas de cuarta y de quinta categoría sólo podrán deducir el monto fijo por una vez. Luego de dicha deducción, el impuesto a la renta de quinta categoría se determinará aplicando las siguientes tasas:





Cabe indicar que en el caso de rentas de quinta categoría el impuesto es retenido en función a doceavos mensualmente por el empleador, sobre las remuneraciones que abonen a sus servidores, de conformidad a los procedimientos antes detallados. En este sentido dichos importes serán deducidos a efectos de determinar si existiese algún impuesto por regularizar o un saldo a favor.


¿Como es la proyeción de la remuneración anual del trabajador?


la proyección de la remuneracion se hara considerando la remuneración mensual (incluidos los conceptos remunerativos ordinarios) se multiplica por el número de meses que falta para terminar el ejercicio gravable, incluido el mes al que corresponda la retención. A este resultado se le agregan los siguientes ingresos:

-Las gratificaciones ordinarias (Navidad, Fiestas Patrias y otras), que correspondan al ejercicio (percibidas y por percibir). 
-Las remuneraciones y demás conceptos percibidos en meses anteriores del ejercicio (pagos extraordinarios, gratificaciones extraordinarias, participaciones, reintegros, horas extras, entre otros). Las compensaciones que se hayan retribuido en especie se computarán al valor del mercado.   



Aun cuando el contrato sea por plazo inferior a un año, la proyección equivaldrá a multiplicar la remuneración mensual por el número de meses que falte para acabar el año. 

(FUENTE SUNAT)

Te recomiendo en siguiente video donde encontraras un archivo para el calculo de renta de 5ta Categoría:

















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