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jueves, 30 de junio de 2016

Ampliación de la Facultad Discrecional de la Administración de Sancionar por Infracciones Relacionadas a Libros y Registros Vinculados a Asuntos Tributarios Llevados de Manera Electronicos




 


Por fin se publicó la tan esperada RSNAO 031-2016-SUNAT/600000 que amplía la facultad discrecional de la administración tributaria de sanciona por infracciones relacionadas a los libros y registros vinculados a asuntos tributarios llevados de manera electrónica, pero con un pequeño cambio a diferencia de la RSNAO 064-2016 (Resolución que daba plazo de presentación hasta el 30 de junio del 2016).

Esta resolución establece dos plazos de regularización de los libros y registros electrónicos:

GRUPO A) aquellos contribuyentes obligados o que voluntariamente lleven sus Libros y/o Registros electrónicos, cuyas infracciones fueron cometidas o detectadas a partir del 01 de noviembre de 2008, siempre que las mismas sean regularizadas hasta el 30 de setiembre de 2016.

GRUPO B) aquellos contribuyentes obligados o que voluntariamente lleven sus Libros y/o Registros electrónicos desde el 01 de enero de 2016, siempre que las infracciones cometidas o detectadas sean regularizadas hasta el 31 de diciembre de 2016.

Para entender mejor, esto se resumiría a lo siguiente:

  •  Los antiguos que ya envían o no enviaron libros electrónicos tienen plazo hasta el 30.09.2016.
  • Y los nuevos que de acuerdo a sus ingresos fueron obligados o afiliados tendrán plazo para la implementación hasta 31.12.2016.

Lo único que tendrías que hacer es ver en cuál de estos dos GRUPO te encuentras.



Para más información te dejo el LINK de descarga de la norma:


Fuente SUNAT.

martes, 28 de junio de 2016

Recuperación de Archivos y Constancias del Programa de Libros Electrónicos – PLE 5.0.0.2




RECUPERA TUS ARCHIVOS Y CONSTANCIAS DEL PLE CON TAN SOLO 5 PASOS.

Revisa también:

Las 5 Preguntas mas frecuentes sobre PLE 5.0.0.2 que todo contador deberia saber 


Esta es una de las preguntas frecuentes que siempre me hacen en los talleres de libros electrónicos. ¿Cómo recuperar mis archivos y constancias del programa de libros electrónicos en caso de pérdida?

Para ellos te resumo los pasos de recuperación:

1.- reconstruir o volver a generar desde tu sistema contable los archivos en TXT ya sea compras, ventas, diario, etc., etc. (formato 8.1, 8.2, 14.1, etc.)

2.- hacer la validación de los TXT para generar la primera constancia a la que llamamos REPORTE DE INFORMACION CONSISTENTE. En este paso no se deberá enviar los libros ya que estoy ya fueron enviados, y el sistema no te permitirá enviarlos nuevamente.

3.- ir a la opción historial y hacer una búsqueda de los archivos enviados, indicando la fecha de envió como intervalo y generar los archivos XPLE y guardarlos en la misma ruta que está contenida nuestros formatos en TXT.

4.- dar doble CLICK a los archivos XPLE para así descargar la constancia de RECEPCIÓN DE LA INFORMACIÓN DEL LIBRO Y REGISTRO ELECTRÓNICO.

5.- Dar CLICK al botón “VERIFICAR” para que el aplicativo (PLE) verifique si el archivo de txt realmente fue validado y generado por el programa de libros electrónicos y de esa manera conseguiremos la constancia de LIBRO ELECTRÓNICO.
De esta manera muy sencilla podrás recuperar tus constancias y presentarlas en una futura fiscalización sin ningún problema.

Así mismo dejo un video practico que te ayudara a entender de manera didáctica este proceso de recuperación de archivos y constancias.


También puedes revisar estos articulos sobre LIBROS LECTRÓNICOS!!

Lo que tienes que saber los Libros Electronicos 2016 

Facultad Discrecinal - RSNAO 31-2016/SUNAT